SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2020-S2
Fecha: 14-Sep-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En agosto de 2019, cuando ingresó a su sótano percató que se encontraba inundado con agua de mal olor; debido a ello, se contactó con el Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SEMAPA) de Cochabamba, es así que realizada una inspección le indicaron que su alcantarillado estaba obstruido; por lo que, contrató extrabajadores de la referida institución para solucionar el aludido problema; empero, al cabo de un tiempo su hermano y vecino Ljubi Boris Stambuk Ferrufino, aduciendo ser dueño de la propiedad por la cual atravesaba la red de desagüe, cerró la cámara del citado conducto con tapones y mezcla de cemento, provocando que su familia se quede sin el mencionado servicio pese a que dicha servidumbre fue pactada en tiempos en los que vivía su padre hacía más de diecisiete años atrás; ocasionando esa situación que su persona y sus tres hijos no pudieran vivir dignamente, porque fueron privados de cocinar, ducharse, lavar ropa, y hacer limpieza, además de soportar las nauseabundas emanaciones que provenían del sector de su domicilio desbordado con aguas residuales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda, realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno y que por el daño ocasionado y la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales
- el fundamento constitucional que sustenta la procedencia excepcional de una tutela ante medidas de hecho, -ante cualesquier acto- es que en un Estado de Derecho, no es legal ni válido que una autoridad pública o un particular, invocando supuesto ejercicio 'legítimo' de sus derechos subjetivos, se arrogue facultades y adopte medidas de hecho
- i) Acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica,
- agua potable, alcantarillado
- cualquier acto ilegal o arbitrario que suspenda u obstaculice la provisión o el uso de dichos servicios, se constituyen en actos vulneratorios a los derechos fundamentales, que además tomando en cuenta lo desarrollado, en el acápite anterior, pueden ser protegidos a través de la presente acción
- El derecho de acceso al agua, alcantarillado
- CONFIRMAR