SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

a)

Solicita se conceda la tutela y, en consecuencia: a) Se respete su derecho a la vida digna; b) El Juez ahora accionado inmediatamente expida “mandamientos de conducción de detención preventiva” de Simón Ruiz Paz Corrales; y, c) El “Encargado de Celdas Judiciales” del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy codemandado- restrinja el uso del celular del sindicado y una vez que tenga el mandamiento de detención preventiva se lo remita de inmediato al Recinto Penitenciario de San Pedro del mismo departamento.

El “Encargado de Celdas Judiciales” del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en audiencia, expresó que: a) A todos los sindicados se los trata con igualdad y no tienen permiso de manejar ningún equipo electrónico o celular; b) No es su responsabilidad pedir a los juzgados o tribunales los respectivos mandamientos; y, c) Una vez que se reciben los mandamientos de traslado a los diferentes centros penitenciarios de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, se realiza un trabajo coordinado con el Consejo de la Magistratura, el cual se encarga de la logística, en este caso, del vehículo con todas las medidas de seguridad.

La accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración del derecho “a una vida libre de violencia”, en razón que: a) El Juez hoy accionado incurrió en dilación en la emisión del mandamiento de detención preventiva del imputado del proceso penal; por lo que, el traslado al respectivo Recinto Penitenciario no se realizó; y, b) El “Encargado de Celdas Judiciales” ahora coaccionado permitió que el sindicado haga uso de su celular, realizando publicaciones que dañan su imagen y que mantenga comunicación con personas que probablemente podrían ejercer influencia en testigos; hechos que ponen en riesgo su vida porque actualmente es perseguida por amigos y familiares del imputado.

Ahora bien, de la revisión de antecedentes consta mandamiento de detención preventiva de 14 de diciembre de 2019, librado por el Juez ahora accionado contra Simón Ruiz Paz Corrales, el cual tiene cargos de recepción de Celdas Judiciales de la Policía Boliviana de 16 del referido mes y año a las 19:15 horas y en el Recinto Penitenciario de San Pedro de La Paz de 17 de dicho mes y año, a las 10:28 horas (Conclusión II.1.).