SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

i)

William Presvitero Rodríguez Álvarez, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz, mediante informe presentado el 17 de diciembre de 2019, cursante a fs. 14 y vta., expresó que: i) La acción tutelar interpuesta no corresponde a la vulneración de los derechos previstos en el art. 125 de la CPE; y, ii) En lo principal, la accionante refiere que el imputado permaneció en celdas judiciales; empero, se aclara que la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares se llevó a cabo el sábado 14 de igual mes y año, donde se dispuso la detención preventiva del sindicado; y, los respectivos mandamientos se llevaron el primer día hábil de la semana; es decir, el lunes 16 de diciembre de 2019, a las 19:15 horas debido a la carga procesal por turno vacacional y la distancia donde se encuentran las celdas judiciales.

La accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración del derecho “a una vida libre de violencia”, en razón que: i) El Juez hoy accionado incurrió en dilación en la emisión del mandamiento de detención preventiva del imputado del proceso penal; por lo que el traslado al respectivo Recinto Penitenciario no se realizó; y, ii) El “Encargado de Celdas Judiciales” ahora coaccionado permitió que el sindicado haga uso de su celular, haciendo publicaciones que dañan su imagen y que mantenga comunicación con personas que probablemente podrían ejercer influencia en testigos; hechos que ponen en riesgo su vida porque actualmente es perseguida por amigos y familiares del imputado.