Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2020-S3
Fecha: 02-Sep-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución 27/2019 de 17 diciembre, cursante de fs. 18 a 19 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Pablo Sergio Meneses Ampuero en representación sin mandato de Claudia Mireya Benitez Ávila contra William Presvitero Rodríguez Álvarez, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz; y, el “Encargado de Celdas Judiciales” del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- Ahora bien, el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto u omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución
- que a través de la presente acción de libertad se pueda tutelar su “derecho a una vida libre de violencia”
- CONFIRMAR