SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0441/2020-S2
Fecha: 22-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso y a la defensa; toda vez que, al haber sido declarado rebelde por los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en audiencia de apelación de medidas cautelares, tiene la necesidad de proseguir la tramitación de su proceso, purgar la rebeldía y tramitar el desarraigo; empero, los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del citado departamento -hoy demandados-, mediante proveído de 16 de diciembre de 2019, le rechazaron la solicitud de remisión de actuados al juzgado de sentencia; siendo que, se constituye en la instancia competente para procesarlo a partir de la vigencia de la Ley 1173.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los alcances de la tutela otorgada vía acción de libertad ante procesamiento indebido
- en forma concurrente
- la acción de libertad
- pues cada uno de estos medios de defensa, tienen una naturaleza jurídica diferente y por el principio de seguridad jurídica, debemos respetar su ingeniería jurídica y su plena efectividad
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR