SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2020-S4
Fecha: 16-Sep-2020
Fragmento 13
Con relación a la segunda problemática que radica en la inaplicación de la SCP 0185/2019-S3, bajo el argumento de inexistencia de analogía fáctica, pues el contexto del aludido fallo giraba en torno a un delito de robo y el caso trataba de violencia familiar y/o doméstica, sin considerar que la analogía en la aplicación de la jurisprudencia no es sustantiva sino adjetiva; al respecto, debe señalarse que la determinación asumida por el Vocal demandado al advertir que la disanalogia en los casos inviabilizaba su aplicación, no resulta incorrecta, pues la autoridad referida no la aplicó solo por tratarse de diferentes delitos sino que como bien refleja el Auto de Vista aludió puntualmente al contexto del delito, lo que atañe sus connotaciones particulares, entre los que se encuentra que la problemática resuelta en la sentencia referida se circunscribió a efectuar un análisis respecto a garantías unilaterales; aspecto que no acontecía en el caso presente, razón que no lo obligaba acatar el precedente obligatorio, aunque el fallo constitucional haya sido emitido en relación a la aplicación objetiva del art. 234.10 del CPP hoy numeral 7 en virtud a las modificaciones contenidas en la Ley 1173; en cuyo contexto no se evidencia que las alegaciones vertidas por el impetrante de tutela con relación a este extremo sean evidentes, lo que implica deba denegarse la tutela solicitada en cuanto a este punto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “otorgo”
- Fragmento 6
- a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado.
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- i)
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- REVOCAR en parte
- 1º CONCEDER