SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2020-S4

Fecha: 16-Sep-2020

Toda persona tiene derecho a la libertad

Sobre lo señalado el art. 7 núms. 1, 2 y 3 de la Convención Americana sobre derechos Humanos (CADH) “Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales; Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados Partes o por las leyes dictadas conforme a ellas” (el resaltado nos pertenece).

En ese sentido, toda restricción a la libertad, debe materializarse en virtud del cumplimiento de las normas vigentes en el ordenamiento jurídico del Estado, considerando además que la aplicación de medidas cautelares establecidas en el Código de Procedimiento Penal, debe ser aplicables con carácter excepcional, según lo dispuesto por el art. 7 del citado cuerpo legal.