Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2020-S3
Fecha: 02-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso en su elemento de celeridad, en razón que después de emitido el Auto Interlocutorio 228-T/2019 de 18 de diciembre, que rechazó la solicitud de cesación de su detención preventiva, el 20 de igual mes y año planteó recurso de apelación incidental; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, los Jueces Técnicos hoy accionados no remitieron los antecedentes de dicho recurso ante el Tribunal de alzada, dilatando el plazo de veinticuatro horas previsto por el art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- III.2. Análisis del caso concreto
- remisión extrañada se efectuó el 26 de diciembre de 2019 a las 17:05 horas