SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0470/2020-S2
Fecha: 29-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad y al debido proceso, y del principio de celeridad; toda vez que, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, se encuentra con detención preventiva; a razón del ingreso al periodo de vacaciones por el Juzgado de Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de Cochabamba, donde radica la aludida causa; personal de ese despacho, no remitió su expediente al siguiente en turno que asumiría suplencia; lo que, le dejó sin autoridad jurisdiccional que resguarde sus derechos, impidiendo que pueda solicitar cesación a dicha medida impuesta.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Falta de legitimación pasiva en acción de libertad
- es ineludible que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, su inobservancia neutraliza la acción tutelar e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados, ello debido a la falta de legitimación pasiva,
- Fragmento 9
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR