SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2020-S1

Fecha: 11-Sep-2020

Fragmento 25

En ese orden, si bien la jurisprudencia invocada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, precisa las exigencias que debe cumplir el accionante para iniciar una acción de amparo constitucional mediante apoderado, también establece que se requiere de un mandato especial, suficiente y bastante que deben ser asumidos en el mandato, lo que implica que dicho instrumento público, además de las formalidades reguladas por la norma aplicable a la materia, debe contener y determinar aspectos mínimos, entre ellos, la identificación del proceso judicial o administrativo dentro del cual se promoverá la acción, si el acto ilegal emerge de la tramitación de estos; y el nombre de la persona particular o autoridad pública contra quienes debe dirigirse la acción.