SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2020-S3

Fecha: 21-Sep-2020

II.1.

II.1.  Mediante Circular 285/2019 de 20 de noviembre, el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz determinó en la parte resolutiva que los mandamientos de apremio y aprehensión de los juzgados que ingresen en vacación judicial colectiva, quedaban suspedidos cuarenta y ocho horas antes de su inicio, así como los mandamientos dictados por los juzgados que no se encontraban de turno y no fueron ejecutados oportunamente; asimismo, dispuso que de acuerdo al art. 126.IV de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), modificado por la Ley 810 de 13 de junio de 2016, durante el cumplimiento de la vacación judicial colectiva, todos los plazos en la tramitación de los juicios quedaban suspendidos a partir del 9 de diciembre de 2019 y automáticamente continuarían a la iniciación de sus labores -2 de enero de 2020- (fs. 1 a 5).