Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2020-S2
Fecha: 29-Sep-2020
denegó
La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 43 de 17 de julio de 2020, cursante de fs. 626 a 628 vta., denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: 1) De acuerdo con la Sentencia de 24 de marzo de 2017, el impetrante de tutela fue notificado en audiencia de esa misma fecha, no existiendo una coherencia lógica en esperar sea informado el tercero coadyuvante si ya sabía el perjuicio ocasionado por el citado fallo y los plazos para este caso son individuales, siendo de diez días conforme a normativa; y, 2) El accionante apeló fuera del término previsto, no evidenciándose ninguna vulneración de derecho.
- acción de amparo constitucional
- cuando son las 18:05 del día viernes 24 de marzo del año dos mil diecisiete, la presente audiencia ha concluido, debiendo observar las partes que se encuentran notificadas en audiencia y una vez, notificadas con la sentencia al tercerista coadyuvante
- no quiso decir que las partes una vez notificadas con la Sentencia al tercerista coadyuvante, les corría el plazo de 10 días para recurrir de apelación
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- III.
- iv)
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR