Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2020-S4
Fecha: 22-Sep-2020
II.2.
II.2. Mediante nota presentada el 15 de agosto de 2019, dirigida a Eduardo Quispe Canaviri, Secretario de Organización de la FEJUVE del Distrito 8 de El Alto del departamento de La Paz, el Directorio de la Junta Vecinal urbanización Copacabana sector IX y X, del referido Distrito, solicitaron su presencia o la designación de ejecutivos de dicha organización, con el propósito de dar curso a la elección de la nueva Junta de Vecinos de la nombrada urbanización (fs. 253).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- III.2. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR