SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2020-S4

Fecha: 29-Sep-2020

III.2.  Revisión de la valoración probatoria en la acción de libertad

           Sobre la revisión de la valoración de la prueba a través de la acción de libertad, la SCP 0099/2018-S4 de 3 de abril, precisó que: “Como regla general, la jurisdicción constitucional no puede revisar la valoración de la prueba efectuada por la jurisdicción ordinaria; sin embargo, excepcionalmente, a través de la jurisprudencia constitucional se han evaluado situaciones o circunstancias fácticas que ameritan dicha revisión, únicamente cuando provocan evidente y grosera vulneración de derechos fundamentales y garantías constitucionales, lo que en ningún caso implica que se sustituya la labor de los jueces y tribunales especializados ordinarios, analizando directamente la prueba o volviendo a valorar en esta jurisdicción; por el contrario, involucra solamente la revisión de si el marco de razonabilidad y equidad fue observado en la labor de valoración de prueba, si no se omitió apreciar alguna o si el pronunciamiento judicial se basó en prueba inexistente.