SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2020-S4
Fecha: 29-Sep-2020
II.12.
II.12. Por recurso de reposición presentado el 10 de julio de 2019, por Fructuoso Israel Vega Segurondo, ante el Juzgado Público de Familia Décimo Cuarto del departamento de La Paz, contra el Decreto de 6 del mismo mes y año, en la que se reiteró que se encuentra en apelación la revisión del Auto de 22 de abril de 2019 y aun no se está determinado el monto de asistencia familiar; siendo resuelto el recurso por Auto de 11 de julio de 2019, dictado por el Juez de la causa, declarando no ha lugar al citado recurso, puesto que conforme lo previsto en el art. 127.I de la Ley 603, refirió que la asistencia familiar es de interés social y que su oportuno suministro no puede diferirse por un recurso o procedimiento (fs. 92 a 94).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 4. Relación de los hechos.
- cómo los actos u omisiones en que hubiere incurrido el servidor público o persona particular lesionaron los derechos cuya tutela constitucional se invoca
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR