SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2020-S3

Fecha: 16-Sep-2020

II.5.

II.5. Se tiene documento de Notificación por Cédula de 6 de septiembre de 2019, suscrita por Juan Choque Gutiérrez, Presidente del Consejo de Administración; Paul Flores Cabrera, Presidente del Consejo de Vigilancia; y, Samuel Condori Viaña, Secretario del Consejo de Vigilancia, todos de la Cooperativa Minera Locatarios “TASNA R.L.”; y, dos testigos, en cuyo contenido se señala que se notificó al ahora peticionante de tutela, con el oficio de 5 del mismo mes y año, emitido por los dirigentes supra mencionados (fs. 72); de igual manera, cursa nota -que no consigna fecha-, suscrita por el antes referido Secretario del Consejo de Vigilancia, en la cual se señala que se procedió a la notificación por cédula al accionante, debido a que no señaló domicilio real ni procesal y tampoco dejó número telefónico (fs. 73).