SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2020-S3

Fecha: 24-Sep-2020

1)

1)   Sobre el peligro de obstaculización previsto en el art. 235.2 del CPP, el Auto Interlocutorio impugnado vulneró su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, porque el referido riesgo procesal debe ser valorado en tiempo presente, y los imputados deben estar individualizados en cuanto a la influencia que pudieran ejercer sobre partícipes, testigos o peritos a objeto que informen falsamente o de manera reticente, indicando cómo realizarían tales amenazas; y,