SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2020-S3

Fecha: 24-Sep-2020

Sobre la vulneración del derecho al debido proceso en su elemento de congruencia

En ese entendido, conforme al Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la congruencia fue definida como un principio normativo que limita facultades resolutorias del juez, por el cual debe existir identidad entre lo resuelto y lo controvertido, oportunamente, por los litigantes, y relación con los poderes atribuidos en cada caso al órgano jurisdiccional por el ordenamiento jurídico, con la finalidad de que exista identidad jurídica entre lo resuelto y lo pretendido. De esta forma es pacífica la noción de congruencia como la debida correspondencia entre las partes que componen un todo. En sentido contrario se entiende como resolución incongruente a aquella que no guarda una resolución lógica entre lo solicitado y lo resuelto.