Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2020-S3
Fecha: 28-Sep-2020
II.2.
II.2. Al margen de la documentación detallada ut supra, no cursan en antecedentes otros elementos probatorios que los sujetos procesales hubiesen ofrecido dentro de la presente acción de libertad; por lo que, esta Sentencia Constitucional Plurinacional se basará en los argumentos expuestos por las partes y los fundamentos inmersos en la Resolución de la Jueza de garantías, que resolvió esta acción de defensa.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Dr. Eddy Alan García Flores
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el reclamo constitucional que motiva la interposición de la acción de defensa y la actuación u omisión vinculada a la autoridad accionada
- III.2. Análisis el caso concreto
- REVOCAR en parte