Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2020-S3
Fecha: 28-Sep-2020
II.2.
II.2. Por Resolución 136/2014 de 9 de mayo, la Jueza de Instrucción Penal Séptima de El Alto del departamento de La Paz, declaró improbada la excepción de falta de acción presentada por el peticionante de tutela (fs. 9 a 10). Asimismo, por Resolución 137/14 de ese mes y año, la referida autoridad judicial, resolvió como improbado el incidente de actividad procesal defectuosa de ilegalidad de aprehensión interpuesto por el prenombrado (fs. 31 a 32).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- el Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 13
- III.1.
- Asimismo, esta Sentencia, respecto a la prohibición de activación paralela de las jurisdicciones constitucional y ordinaria, manifestó que: ‘…la acción de libertad
- 1)
- memorial de 9 de julio de 2019
- la primera
- segunda consideración
- CONFIRMAR