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    AUTO CONSTITUCIONAL 0026/2021-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0026/2021-CA

    Fecha: 26-Ene-2021

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    • Sala de Apelaciones y Consulta del Tribunal Supremo de Justicia Militar
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • La jurisdicción militar juzgará los delitos de naturaleza militar regulados por ley
    • promover de oficio
    • cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
    • el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
    • fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
    • es imprescindible que la autoridad
    • Fragmento 9
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 11
    • REVOCAR

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