AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2021-RCA

Fecha: 29-Ene-2021

tres (3) meses y (16) dieciséis días, de suspensión del plazo de inmediatez,

En tal razón se concluye que, desde el 22 de marzo hasta el 14 de junio de 2020, transcurrieron dos meses y veintitrés días de suspensión de plazos; y, nuevamente se suspende plazos desde el 27 de junio al 20 de julio de igual año, en este último periodo trascurrieron veintitrés días, haciendo un total de tres (3) meses y (16) dieciséis días, de suspensión del plazo de inmediatez, que deben considerarse a tiempo de realizarse el cómputo de la inmediatez en cada caso en particular en el departamento de Cochabamba y verificar si se cumplió o no con este presupuesto de procedencia de la acción tutelar.