SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2021-S2

Fecha: 02-Ene-2021

Fragmento 26

En concordancia con los razonamientos descritos supra y lo señalado por el art. 73.I de la CPE que prevé: “Toda persona sometida a cualquier forma de privación de libertad será tratada con el debido respeto a la dignidad humana”, desarrollados uniformemente por la jurisprudencia constitucional, permitió que la normativa en materia penal establezca parámetros de protección especializada y reforzada del derecho a la vida frente a casos delicados y extremos de salud de las personas privadas de libertad que a partir de una afectación terminal o irreversible en su salud se encuentre con inminente riesgo su vida; por lo que, mediante ciertas salvedades, una persona procesada o condenada puede ser beneficiada con medidas menos gravosas a la privación de libertad propiamente dicha durante la sustanciación del mismo o en el cumplimiento de su condena, siendo estas, la ejecución de sentencia diferida y la detención domiciliaria.