SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2021-S2

Fecha: 02-Ene-2021

Fragmento 31

La situación descrita, da muestra del delicado estado de salud del demandante de tutela y al evidenciarse que el accionar de la autoridad judicial demandada es contrario a lo establecido por la jurisprudencia constitucional desarrollada en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional; puesto que, se puso en riesgo la salud y en consecuencia la vida del accionante, debiendo ejercerse protección sobre los derechos denunciados como vulnerados; empero, se debe considerar de igual forma que el Tribunal Constitucional Plurinacional en su rol de guardián de la Constitución Política del Estado y de los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las personas, no puede constituirse en una instancia dentro de la jurisdicción ordinaria, por cuanto el petitorio va relacionado a disponer una medida menos restrictiva, hecho que no es atribución de este Tribunal, sino de la autoridad jurisdiccional, quien deberá reanalizar los hechos denunciados y realizar una valoración efectiva de las certificaciones, informes y toda documentación que sea presentada, a efectos de garantizar la protección de los derechos a la salud y a la vida del demandante de tutela.