Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2021-RCA
Fecha: 17-Feb-2021
1º
1º REVOCAR en parte la Resolución 064/2020 de 21 de diciembre, cursante de fs. 29 a 31, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del departamento de Beni, con relación a Andrés Avelino Tumo Moreno, Cándido Uraruin Muiba y Renato Fernando Suárez Rodríguez, por excepción al principio de subsidiariedad y CONFIRMAR en parte la citada Resolución, con relación Eduardo Román Zabala, Fernando Vaca Salvatierra, Ricardo Suárez Antelo y Ángel Justiniano Aly; y, en consecuencia,
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- finalidad el proteger a los ostensiblemente más débiles -mejor conocidos en la doctrina como grupos vulnerables
- adultos mayores
- Fragmento 8
- principios de subsidiariedad
- quien considere que sus derechos fundamentales y/o garantías constitucionales fueron menoscabados o amenazados, debe previamente reclamar dicha lesión ante las autoridades judiciales o administrativas para su restablecimiento, agotando los mecanismos legales idóneos para el efecto,
- II.5. Análisis del caso concreto
- II.5.1. En cuanto a las personas con capacidades diferentes y adultos mayores
- II.5.2. Respecto a los demás accionantes
- 1º
- 2º Disponer