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    AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2021-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2021-CA

    Fecha: 04-Mar-2021

    Fragmento 7

    Asimismo, el art. 81.I del CPCo, en cuanto a la oportunidad dispone que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia”.

    • Autoridad Sumariante de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • ES CONTRARIO AL CAPÍTULO TERCERO DE LA LEY 0260 CON EL TÍTULO DE EXCUSA Y RECUSACIÓN ESTABLECIDA EN EL ART. 73 Y 75 DE LA LEY 260,
    • a)
    • rechazar
    • procederá en el marco de un proceso
    • Fragmento 7
    • Fragmento 8
    • fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
    • Fragmento 10
    • por omisión normativa
    • II.5. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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