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    AUTO CONSTITUCIONAL 0059/2021-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0059/2021-RCA

    Fecha: 09-Mar-2021

    CONFIRMAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional de conformidad a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 5 de enero de 2021, cursante a fs. 544 y vta., pronunciada por Sala Constitucional Primera del departamento de Chuquisaca.

    • Fragmento 1
    • Fragmento 2
    • I.1.Síntesis de los hechos que la motivan
    • improcedente
    • 1)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
    • Fragmento 8
    • o de notificada la última decisión administrativa o judicial
    • la persona que se considera agraviada debe activar la jurisdicción constitucional máximo hasta los seis meses de tener conocimiento del acto ilegal u omisión indebida o después de haberse agotado los medios y recursos que se tengan para hacer cesar los mismos, los cuales también deben ser utilizados oportunamente
    • desde las cero horas del 22 de marzo de 2020
    • la declaratoria de cuarentena total, que tiene como inicio el 22 de marzo, hasta el 30 de abril del citado
    • Circular 05/2020 de 26 de marzo
    • se debe analizar de manera particular que el departamento de Chuquisaca
    • i)
    • ii)
    • cuatro (4) meses y (28) veintiocho días, de suspensión del plazo de inmediatez, que deben
    • improcedencia
    • CONFIRMAR

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