II.2. Voto Aclaratorio de la SCP 0027/2021
El recurrente interpone recurso directo de nulidad contra las Resoluciones del Consejo Universitario de la Universidad Mayor de San Simón (UMSS) RCU 23/16 y 25/17 y también contra “… todas aquellas Resoluciones que den por bien hecho los procesos de titularización en las diferentes unidades académicas, así como las Resoluciones de Consejo Facultativo de las diferentes unidades académicas que en aplicación de aquellas hubieran convocado a la titularización docente sobre la base de las cuestionadas resoluciones”; (sic) por considerar que fueron dictadas arrogándose atribuciones que corresponden al Congreso Universitario.
Al amparo del fundamento jurídico anteriormente desarrollado, la Magistrada que suscribe, considera que la SCP 0027/2021 de 19 de abril, debió analizar, el carácter o la naturaleza de las Resoluciones del Consejo Universitario RCU 23/16 y 25/17, asimismo establecer el carácter general de las mismas, ya que ambas aprobaron normas de carácter general, y de ninguna manera resolvieron actos concretos, con carácter decisorio y definitivo que causen agravio directo al accionante, como exige para la procedencia del recurso directo de nulidad, el cual, al formar parte del control constitucional competencial, no es pertinente que se pronuncie sobre disposiciones cuyo contenido es esencialmente normativo, como sucede en el presente caso, en que el objeto de impugnación son dos Resoluciones emitidas por el Consejo Universitario de la UMSS, que aprobaron diferentes reglamentos para su cumplimiento general.
- I.
- el recurso directo de nulidad sólo procede contra actos concretos y resoluciones que tengan carácter decisorio y definitivo, que determinen además una situación jurídica, que causen agravio, y que hubieran sido emitidas con evidente falta de jurisdicción o competencia
- todos los actos de naturaleza administrativa o jurisdiccional con efectos particulares que puedan afectar la citada garantía, no encontrándose dentro de su alcance por tanto, las normas de carácter general,
- disposición de carácter general, aclarando que en virtud a su naturaleza, las partes no pueden activar el control competencial de constitucionalidad a través
- a)
- b)
- c)
- II.2. Voto Aclaratorio de la SCP 0027/2021
- III. CONCLUSIÓN
