AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2021-CA

Fecha: 15-Abr-2021

rechazar

Por Decreto Edil 167/2021 de 24 de marzo, cursante de fs. 149 a 153, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad, resolvió rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta por su manifiesta improcedencia, fundamentando que: a) La condición para impugnar normas consideradas inconstitucionales, es que las mismas se encuentran vigentes y no hayan sido derogadas o abrogadas, no teniendo sentido pronunciarse sobre una norma que ya no forma parte del ordenamiento jurídico, porque precisamente fue abrogada (SCP 0082/2017 de 27 de noviembre); y, b)  En el presente caso el art. 3 del Decreto Edil 253/2019 de rebaja salarial del Alcalde, fue derogada y modificada  por el art. 1 del Decreto Edil 413/2019 que de manera textual modifica el art. 3 del Decreto Edil 253/2019 manteniendo la escala salarial aprobada para la “presente gestión” de Bs17 911,00.-, extremo reconocido por los propios accionantes, quienes señalan que tal derogatoria  hubiera sido a solicitud de los Concejales municipales.