SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2021-S2

Fecha: 07-Abr-2021

III.3.  Análisis del caso concreto

De la documental remitida a este Tribunal, se advierte acta notarial de 24 de mayo de 2019, suscrita por la Notaria de Fe Pública 13 de Santa Cruz, certificando la verificación en la plataforma virtual facebook de una publicación que data de 24 de junio de 2018, subida por el administrador del usuario Radio Popular Yacuiba, con el título “…#EVO_MORALES, SEXO Y TRAFICO DE INFLUENCIAS…” (sic), adjuntándose a la misma fotocopias y fotografías (Conclusión II.1); asimismo, fueron remitidas capturas de pantalla del mismo sitio web con comentarios ofensivos de terceros sobre su contenido; razón por la cual, no fueron transcritos (Conclusión II.2).

Bajo ese contexto fáctico, la accionante acudió a este Tribunal exigiendo la tutela de sus derechos personales invocados, esgrimiendo que la señalada fecha, el administrador del usuario Radio Popular Yacuiba de facebook hizo una publicación indignante y deshonrosa  contra su persona, bajo el título “…#EVO_MORALES, SEXO Y TRAFICO DE INFLUENCIAS…” (sic), en dicha plataforma virtual, provocando una serie de comentarios cobardes y machistas por parte de terceras personas en esa red social.