SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2021

Fecha: 05-Abr-2021

III.1.

A través de la SCP 0007/2018 de 14 de marzo, se refirió que: “A partir de la promulgación de la Constitución Política del Estado de 2009, corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional ejercer el control de constitucionalidad en tres dimensiones: a) El ámbito tutelar, destinado al resguardo de los derechos y garantías que se encuentran establecidos en la Norma Suprema y en el bloque de constitucionalidad, a través de las diferentes acciones de defensa previstas en el Código Procesal Constitucional; b) El control normativo de constitucionalidad, cuyo fin es el de verificar la validez formal y material de una norma a partir de su contraste con la Constitución Política del Estado y el bloque de constitucionalidad; y, c) El control competencial, que tiene como finalidad resolver los conflictos que puedan surgir entre órganos del poder público, el gobierno plurinacional, las Entidades Territoriales Autónomas (ETA) y descentralizadas, y entre estas; así como los conflictos de competencias entre las jurisdicciones Indígena Originario Campesina (IOC), ordinaria y agroambiental.