SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2021-S2

Fecha: 08-Abr-2021

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Resolución AAC-0057/2020 de 5 de noviembre, cursante de fs. 397 a 402, denegó la tutela impetrada, con los siguientes fundamentos: a) El proceso de nulidad de transferencia fue tramitado en el Juzgado Público Civil y Comercial Segundo de la Capital del referido  departamento, en vigencia del Código de Procedimiento Civil ahora abrogado; no obstante, en aplicación del nuevo Código Procesal Civil ante la existencia de una nulidad de obrados y en observancia a la Disposición Transitoria Séptima se aplicó el cuerpo normativo citado; b) El nuevo régimen jurídico establece una fase de revisión de admisibilidad de los recursos de impugnación; Rosa Rosalía Mérida Escobar a tiempo de formular la apelación contra la Sentencia 205/2016, no habría cumplido con los presupuestos legales en cuanto a los fundamentos de agravios; de manera que el Tribunal de Alzada habría declarado inadmisible dicho recurso; y al haberse planteado recurso de casación se declaró infundado el mismo; c) No se verificó en el Auto Supremo ahora impugnado falta de motivación y fundamentación, ni desconocimiento del acceso a la justicia; la accionante al no expresó los agravios en apelación no cumplió con la disposición normativa a tiempo de interponer los recursos; de modo que las decisiones le fueron desfavorables por la propia omisión o negligencia del cumplimiento de la ley; y, d) Las autoridades demandadas no vulneraron el debido proceso en sus elementos motivación y fundamentación, el derecho de acceso a la justicia, no encontrándose la acción de tutela dentro del ámbito del art. 128 y ss. de la CPE.