SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2021-S2

Fecha: 08-Abr-2021

sea posible identificar los agravios sufridos por el apelante

Finalmente en el caso en particular es necesario analizar la  SCP 1662/2012 de 1 de octubre, que refirió: “… cuando de los datos del proceso sea posible identificar los agravios sufridos por el apelante, deberá la autoridad jurisdiccional que se encuentra en conocimiento del recurso de apelación, extraerlos para la resolución del caso; y si el memorial de demanda, aunque de manera ambigua, exponga medianamente tales agravios, entonces, con mayor razón deberá prevalecer la justicia material o sustancial sobre la formal, para pasar a emitir una decisión en el fondo, despojándose de paradigmas que impidan la materialización de la función de impartir justicia.”; aspecto que, en el caso particular no se configura, pues conforme lo arribado en el Auto Supremo 994/2018, en la apelación que fue planteada por la ahora accionante no se expresó con claridad y precisión los agravios que sustenten dicho recurso; sino que, de manera general en el recurso de casación alegó la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, error de hecho y de derecho en la valoración y apreciación de las pruebas, errónea aplicación de los arts. 549.3, 551 y 1066 del CC, y 102 del CFPF, cuestiones que no fueron objeto de apelación.