SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2021-S4
Fecha: 16-Abr-2021
a)
Remberto Acosta Sandoval, José Joaquín Claros Gómez y José Antonio Arze Cortez, Jueces del Tribunal de Sentencia Publico de la Niñez y Adolescencia y de Sentencia Penal Primero de Aiquile mediante informe escrito cursante a fs. 168 de obrados, señalaron que: a) Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y otros contra el hoy accionante, por el delito de violación con agravante; fue emitida en primera instancia la Sentencia del 10/2018 de 21 de mayo, que impuso una pena de diecisiete años y seis meses de reclusión; y, b) De los antecedentes se constata que el acusador particular Emilio Rosas y la víctima, tienen su domicilio en Villa Perdida del mencionado departamento, lugar donde tambien el acusado tiene su dirección real; razón por la que a fin de resguardar la integridad física, vulnerabilidad e integridad de la víctima, en aplicación del art. 60 de la CPE, efectuando una ponderación de derechos, y velando por el interés de la menor, quien sufre un trauma psicológico a raíz de la agresión sexual, en observancia de los arts. 24 y 31 de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida libre de Violencia (Ley 348) ley de 9 de marzo de 2013 se dispuso en sentencia la aplicación de un tratamiento psicológico a favor de la víctima a través de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Mizque del referido departamento; argumentos por los cuales señalaron se evidencia que actuaron dentro del marco de la ley; por lo que, solicitan se deniegue la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El enfoque interseccional para el análisis de la violencia hacia niñas niño y adolescentes y mujeres
- III.
- actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer
- que los Estados tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer, en razón, entre otras, por ser menor de edad o estar en situación socioeconómica desfavorable
- Fragmento 13
- IV.
- II.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR