Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2021-S2
Fecha: 15-Abr-2021
Fragmento 4
La empresa accionante a través de sus abogados, reiteró in extenso los términos de su memorial de acción de amparo constitucional presentado y ampliando los mismos sostuvo que al plantearse un incidente de nulidad y rechazado este, no corresponde aplicar el principio de subsidiariedad; por cuanto, el Juez demandado actuó sin competencia, constituyéndose en una vía de hecho.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- Fragmento 12
- III.2. Agotamiento de medio idóneo de impugnación en la jurisdicción agroambiental: Recurso de casación contra resolución que resuelve incidente de nulidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR