SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2021-S4

Fecha: 16-Abr-2021

La jueza, juez o tribunal será asistido por la Oficina Gestora de Procesos

Por otro lado, el art. 56.I bis, del mismo cuerpo normativo, incorporado por la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley1173 de 3 de mayo de 2019-, sostiene que: “La jueza, juez o tribunal será asistido por la Oficina Gestora de Procesos, instancia administrativa de carácter instrumental que dará soporte y apoyo técnico a la actividad jurisdiccional con la finalidad de optimizar la gestión judicial, el efectivo desarrollo de las audiencias y favorecer el acceso a la justicia. La Oficina Gestora de Procesos tiene las siguientes funciones” (el resaltado nos pertenece).

Quedando establecido, que tanto las Secretarias y Secretarios de los Juzgados o Tribunales de justicia, como los funcionarios de la Oficina Gestora de Procesos, se constituyen en funcionarios de apoyo jurisdiccional. Por consiguiente, con legitimación activa ante un posible incumplimiento de sus funciones que pudiera ocasionar la lesión de derechos fundamentales.