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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2021-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2021-S2

    Fecha: 15-Abr-2021

    II.3.

    II.3.  Cursa acta de audiencia de garantías de la presente acción tutelar de 4 de julio de igual año, en la cual se concedió la palabra al abogado del accionante, y paralelamente se dio lectura al informe de 4 de julio de 2020 (fs. 29 a 31), emitido por el prenombrado Juez que de su parte más relevante señaló que: “…es imposible enviar dichos actuados por no existir medio alguno para remitir esas actuaciones al tribunal de alzada…” (sic [fs. 35 y vta.]).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1.
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 9
    • por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • Fragmento 11
    • este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • III.2.
    • CONFIRMAR

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