SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2021-S2
Fecha: 15-Abr-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de su derecho a la libertad; aduciendo que, como consecuencia de la Sentencia condenatoria de 16 de octubre de 2019 dictaminada por la comisión del delito de robo agravado en su contra, ejecutoriada la misma en idéntica fecha, pretendió beneficiarse con los alcances de la suspensión condicional de la pena, solicitando su procedencia; sin embargo, dicha pretensión fue rechazada por el Juez demandado; en virtud a ello, el 17 de junio de 2020, interpuso recurso de apelación incidental y pese a que se emitió providencia de 18 de similar mes y año, ordenando la remisión de los antecedentes ante el superior en grado, hasta el momento de formalizar esta acción de defensa no se efectivizó el aludido envío.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 11
- este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2.
- CONFIRMAR