SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2021-S2
Fecha: 15-Abr-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia como lesionados sus derechos a la vida, al debido proceso, a la libertad, a un juez natural, una justicia pronta y oportuna y a la “seguridad jurídica”; toda vez que, habiendo solicitado cesación a la detención preventiva, la Jueza de Instrucción Penal Tercera de la Capital del departamento de Beni -en suplencia legal de su similar Segundo- rechazó su solicitud, por no tener competencia para resolver el mismo, puesto que al existir una acusación formal, se remitió la causa al Juzgado de Sentencia Penal Tercero de la Capital de igual departamento; sin embargo, este último tampoco conoció su petición, por cuanto no estaba recibiendo causas nuevas, dejándolo de esta manera en un limbo jurídico, ya que no existe autoridad que ejerza control jurisdiccional y resuelva su solicitud de cesación a la detención preventiva.