SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2021-S3

Fecha: 26-Abr-2021

a)

Solicitan se conceda la tutela, y en consecuencia: a) Se deroguen o anulen los DDSS 26075 de 16 de febrero de 2001 y 3973 de 9 de julio de 2019, y otras normas conexas -sin indicar cuales-; b) Se aplique el principio precautorio y se declare formalmente desastre nacional conforme a lo establecido por la Ley de Gestión de Riesgos; c) Se ordene al Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz -hoy accionado- presentar un informe pormenorizado, documentado, material y objetivo sobre el grado de cumplimiento e implementación de la mencionada Ley y la Resolución Ministerial (RM) 131/97 de 9 de junio de 1997, y se establezca el grado de responsabilidad de los incendios producidos en la Chiquitanía y en la Amazonía, ocurridos en su mayor parte en el departamento de Santa Cruz; y, d) De establecerse indicios de responsabilidad civil, penal o administrativa, en la vulneración de los derechos fundamentales colectivos, se remitan antecedentes al Ministerio Público y a la Procuraduría General del Estado, y se sancione con costas más el pago de daños y perjuicios además, de la reparación del daño medioambiental causado.

Jhon Davis Cárdenas, en representación legal del Ministerio de la Presidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, en audiencia manifestó que: a) El DS 3973 ya fue derogado -lo correcto es abrogado- por el DS 4333. Respecto a la solicitud de que se establezcan las responsabilidades, ello se encuentra determinado por la Disposición Transitoria Única del DS 4333; y, b) El accionante equivocó la vía jurisdiccional al afirmar que exige el cumplimiento de lo determinado por el DS 4333, ya que la vía idónea para tal efecto es la acción de cumplimiento.