SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2021-S3

Fecha: 26-Abr-2021

a)

Solicita se declare “procedente” la presente acción de libertad, y en consecuencia: a) Se disponga la remisión del recurso de apelación incidental ante el Tribunal de alzada en el plazo de veinticuatro horas; y, b) Se otorgue celeridad al incidente de nulidad planteado el 17 de febrero de 2020, observando los plazos procesales establecidos en los arts. 314 y 315 del CPP.

El accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al principio de “celeridad procesal”; puesto que el Juez ahora accionado: a) Hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar no remitió ante el Tribunal de alzada el recurso de apelación incidental presentado por el accionante en audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares de 4 de febrero de 2020; y, b) Tampoco tramitó conforme a procedimiento y a los plazos establecidos en los arts. 314 y 315 del CPP, el incidente de nulidad que planteó el 17 de igual mes y año, encontrándose por ello pendiente de resolución.