SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2021-S3

Fecha: 26-Abr-2021

a)

El accionante a través de su representante sin mandato y abogado en audiencia ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción de libertad, y ampliándolo, manifestó que: a) Su derecho de petición fue vulnerado porque los Magistrados ahora accionados no dieron respuesta al memorial presentado el 7 de julio de 2020, por el que pidió se libre mandamiento de libertad a su favor, por haberse cumplido el plazo de su detención preventiva con fines de extradición; por lo que se vulneró también su derecho a la libertad; y, b) La dilación indebida en la que incurren los Magistrados hoy accionados vulnera además el principio de celeridad.

a)  Disponer que de forma inmediata, la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, proceda a la citación de María Cristina Díaz Soza, Olvis Egüez Oliva, Esteban Miranda Terán, Marco Ernesto Jaimes Molina, Juan Carlos Berrios Albizú, Carlos Alberto Egüez Añez, Ricardo Torres Echalar, José Antonio Revilla Martínez y Edwin Aguayo Arando, Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y, con base en ello, celebre la audiencia de consideración de esta acción tutelar, de conformidad con el Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional.