Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2021-S3
Fecha: 26-Abr-2021
REVOCAR en parte
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 015/2020 de 28 de febrero, cursante de fs. 64 a 70, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; y en consecuencia: DENEGAR en todo la tutela impetrada, con la aclaración de que no se ingresó al fondo del problema jurídico planteado.
- acción de amparo constitucional
- APRUEBA
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- DEVUELVA ACTUADOS (COMO SER LA ACUSACION Y DEMAS ACTUADOS)
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- .
- III.1.
- Asimismo, desde el ámbito de los actos contra los que procede, esta acción se dirige contra aquellos actos y omisiones ilegales o indebidos provenientes no sólo de los servidores públicos sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección.
- como una acción que otorga a la persona la facultad de activar la justicia constitucional en defensa de sus derechos fundamentales y garantías constitucionales
- inmediato de carácter preventivo y reparador destinado a lograr la vigencia y respeto de los derechos fundamentales y garantías constitucionales
- subsidiariedad
- DEVUELVA ACTUADOS (COMO SER LA ACUSACION Y DEMAS ACTUADOS) ANTE EL JUEZ 2DO., DE INSTRUCCIÓN ANTICORRUPCIÓN Y VIOLENCIA HACIA LA MUJER DE LA CAPITAL, PARA QUE ESTA AUTORIDAD A SU VEZ, INSTRUYA Y CONCEDA EL PLAZO PRUDENCIAL AL MINISTERIO PUBLICO, PARA QUE SE TRAMITE LA OBJECION DE LA PERITO DESIGNADA, Y SE EJECUTEN LAS NUEVAS EVALUACIONES Y PERICIAS QUE FUERON ACEPTADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO
- Fragmento 19
- REVOCAR en parte