Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0104/2021-RCA
Fecha: 31-May-2021
SENTENCIA NO. 089/2016 DE FECHA 12 DE AGOSTO DE 2016
Solicitan se conceda la tutela “en su TOTALIDAD con relación SENTENCIA NO. 089/2016 DE FECHA 12 DE AGOSTO DE 2016 cursante a fs. 547 a 551 la misma que se encuentra plenamente ejecutoriada conforme lo ha establecido Resolución 04/2016 de 27 de octubre de 2016, Resolución, Auto No. 025/2017SSA.II de fecha 3 de febrero de junio en la 2017 y la Sentencia Constitucionales SCP 0277/2018-S2 de fecha 25 de junio de 2018, disponiendo que las autoridades coaccionandas emitan nueva Resolución, a efectos de que sean restituidos los derechos e mi poder conferente” (sic).
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- SENTENCIA NO. 089/2016 DE FECHA 12 DE AGOSTO DE 2016
- a)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- La improcedencia de activar otra acción de amparo constitucional cuando existe sentencia constitucional de un primer amparo del cual emerge el que se interpone, es otra causal de improcedencia de esta acción tutelar que se suma a las previstas en el art. 53 del CPCo, cuyo origen tiene construcción jurisprudencial, con dos subreglas relevantes sistematizadas
- ii)