AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2021-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2021-ECA

Fecha: 07-May-2021

No debe perderse de vista que la determinación de la legalidad de las posesiones, verificables únicamente en etapa de campo, están sujetas al contenido de la ficha catastral, como documento idóneo que transmite el cumplimiento efectivo de la FES, al ser el trabajo, la fuente fundamental para la obtención y conservación de la propiedad agraria. Por lo tanto, corresponde al Tribunal Agroambiental, a tiempo de resolver el agravio denunciado, verificar que la fundamentación técnica y legal realizada por el INRA, hubiera explicado y demostrado, de manera incontrovertible y basada en las normas legales en vigencia, el ejercicio de la FES por parte de los propietarios de los predios; y responder en ese orden, de manera fundada a quienes reclaman en los procesos sometidos a su conocimiento; como en el caso, al ahora solicitante

No debe perderse de vista que la determinación de la legalidad de las posesiones, verificables únicamente en etapa de campo, están sujetas al contenido de la ficha catastral, como documento idóneo que transmite el cumplimiento efectivo de la FES, al ser el trabajo, la fuente fundamental para la obtención y conservación de la propiedad agraria. Por lo tanto, corresponde al Tribunal Agroambiental, a tiempo de resolver el agravio denunciado, verificar que la fundamentación técnica y legal realizada por el INRA, hubiera explicado y demostrado, de manera incontrovertible y basada en las normas legales en vigencia, el ejercicio de la FES por parte de los propietarios de los predios; y responder en ese orden, de manera fundada a quienes reclaman en los procesos sometidos a su conocimiento; como en el caso, al ahora solicitante.