SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2021-S2

Fecha: 06-May-2021

III.5. Otras consideraciones

           Sobre el tema abordado en la presente acción de defensa, es necesario exhortar y dejar establecido que por mandato del art. 60 de la CPE, sostiene que: “Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado”.

Preceptos que en suma impone a las instituciones profesionales, involucrados, así como a la sociedad y la familia, el deber y la obligación de proteger y cuidar a la niña, niño o adolescente, para velar por su dignidad y amparo y ponerlos a salvo de cualquier tratamiento inhumano, violento, deshumanizante, vejatorio o represivo, por cuanto la niña, niño o adolescente debe ser el primero que reciba protección y socorro en situaciones de peligro, a ser asistido y defendido en sus intereses y derechos, ante cualquier persona o autoridad y por cualquier causa y motivo.