SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2021-S4

Fecha: 11-May-2021

1)

El accionante, a través de su representante sin mandato, ratificó los argumentos expuestos en su acción tutelar y ampliándolos manifestó que: 1) Con base en el informe del Encargado de Plataforma ahora codemandado se demuestra la dilación que ha habido al momento de la tramitación de su recurso de apelación; 2) La Jueza codemandada confirmó la tardanza en la remisión al manifestar que se intentó remitir el 16 de julio de 2020; empero, desde entonces ya habían transcurrido trece días hábiles de reiniciadas las labores judiciales; 3) Los Vocales afirmaron encontrarse de turno del 13 al 19 de ese mes y año, pero que la apelación debía remitirse a la Sala Penal Primera, que estaba de turno en la fecha de la apelación; y, 4) No existe justificativo alguno para no recepcionar su recurso de apelación.

Nelson Gallardo, Encargado de Plataforma del referido Tribunal Departamental de Justicia, por informe de 18 de julio de 2020, cursante a fs. 48, indicó que: 1) El 16 del señalado mes y año, se presentó la Secretaria del Tribunal de Sentencia Penal de Villa Tunari, a objeto de remitir unos procesos con apelación; sin embargo, se le hizo conocer que la recepción de los mismos se efectuaría previa aprobación de los Vocales de Sala Penal Segunda, pidiéndoles se apersone a la indicada Sala para su correspondiente autorización, debido a que anteriormente se habría manifestado que no se recibiría causa alguna anterior al 29 de junio de igual año; y, 2) En virtud al Instructivo 07/2020, la citada Sala Penal se encontraba de turno del 13 al 19 de julio del mismo año; por lo que, se procedió a la recepción y remisión de procesos el 14 del aludido mes y año; sin embargo, no fue recibida las apelaciones enunciadas.