SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2021-S2

Fecha: 10-May-2021

III.4.  Análisis del caso en concreto

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos, al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación, congruencia y correcta interpretación normativa, al juez natural, a la tutela judicial efectiva; y, los principios de seguridad jurídica, legalidad, juez imparcial e independiente; alegó que los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, al momento de emitir el Auto de Vista 204/2019; de manera oficiosa, arbitraria, extra petita y ex silentio mediante una interpretación errónea del art. 398 del CPP, desvirtuaron los riesgos procesales previstos por la Jueza de la causa y de forma contradictoria, manifestaron en un primer momento que la detención domiciliaria fue ordenada con un criterio procesal adecuado dentro de los márgenes de razonabilidad y logicidad jurídica; para posteriormente, de manera incongruente disponer la libertad de la imputada.

Los antecedentes del caso, advierten que a instancia de la impetrante de tutela, el Ministerio Público inició un proceso penal contra Adela Rosario Flores Quispe y otras, dentro del cual, la Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segunda de El Alto del referido departamento, mediante el Auto Interlocutorio 138/2019, dispuso su detención preventiva en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes del mencionado departamento.  

A raíz de ello, la solicitante de tutela, interpuso un recurso de apelación incidental que fue resuelto por los citados Vocales de la Sala Penal Segunda mediante el Auto de Vista 204/2019, modificaron el fallo impugnado, ordenando que se expida el correspondiente mandamiento de libertad en favor de Adela Rosario Flores Quispe.