SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2021-S4

Fecha: 17-May-2021

Fragmento 10

Asimismo, respecto a la congruencia, la SCP 0177/2013 de 22 de febrero,   señaló que, la misma se entiende como: …la estricta correspondencia que         debe existir entre lo peticionado y lo resuelto; ahora bien, esa definición       general, no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución,          ya sea judicial o administrativa, y que implica también la concordancia entre         la parte considerativa y dispositiva: sino que además, debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos contenidos en la resolución. La          concordancia de contenido de la resolución y su estricta correspondencia   entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto, conlleva a su vez la cita de las   disposiciones legales que apoyan ese razonamiento que llevó a la      determinación que se asume. En base a esas consideraciones, es que quien administra justicia, emitirá fallos motivados, congruentes y pertinentes.