SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2021-S4
Fecha: 17-May-2021
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se encuentra detenido preventivamente en el Centro Penitenciario Cantumarca Santo Domingo de Potosí, desde el 8 de junio de 2018, habiendo transcurrido a la fecha de interposición de la presente acción tutelar dos años sin sentencia condenatoria ejecutoriada, transcurso en el que solicitó de manera reiterada cesación a su detención preventiva, que fueron resueltas a través de irracionales resoluciones emitidas por las autoridades demandadas, siendo la última pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del señalado departamento, mediante Auto de 27 de abril de 2020, por el que nuevamente se rechazó su requerimiento, bajo el argumento de persistencia de los riesgos procesales contenidos en los incisos 2 y 4 del art. 235 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al no haberse adjuntado documentación para el contradictorio y que además el certificado médico, por el que se pondría en evidencia que cuenta con una enfermedad de base –hernia inguinal izquierda– situándolo en un estado vulnerable a contraer el coronavirus disease (COVID-19); por su delicado estado de salud y edad, ya había sido valorado anteriormente; asimismo, señalaron que, al ser varios los implicados, su persona podría influir en estos, aspecto totalmente absurdo, debido a que el caso ya se encuentra en etapa de juicio; por lo que, no podría asumir dicho comportamiento ya que todos se encontrarían en audiencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- NO EXPRESA UNA GRAVEDAD NOTORIA
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- i)
- III.1. El debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- CONFIRMAR